Interpusimos una acción de policía contra Rappi por facilitar, ofrecer, distribuir y comercializar bebidas alcohólicas y tabaco a niñas, niños y adolescentes

Interpusimos una acción de policía contra Rappi por facilitar, ofrecer, distribuir y comercializar bebidas alcohólicas y tabaco a niñas, niños y adolescentes

Jueves 12 de Diciembre de 2019

A raíz de varios reportes recibidos a través de www.teprotejo.org sobre publicidad, promoción y venta de bebidas alcohólicas y tabaco a menores de 18 años a través de Rappi, interpusimos una acción de policía con el fin de sancionar a la plataforma dado que sus domiciliarios no verifican la edad de las personas que adquieren estos productos.

Policia Nacional contactó a la junta directiva de Rappi para reiterarle la importancia de cumplir con la normativa. Adicionalmente, visitaron las oficinas principales de la compañía y se reunieron con el Jefe de Recepción, quien asumió el compromiso de incluir la leyenda “Prohíbase la venta de bebidas embriagantes a menores de edad” en el material de promoción que divulguen. Adicionalmente, manifestó que en adelante los Rappitenderos pedirían la cédula para corroborar la mayoría de edad, y en caso de no presentar el documento no se haría la entrega del pedido.

En diciembre de 2020, Red PaPaz presentó petición de reconocimiento como tercero interviniente en la actuación administrativa contra Rappi S.A.S. y en octubre de 2021 la SIC finalmente reconoció a Red PaPaz como tercero interviniente en el proceso.

Adicionalmente, en julio de 2021 Red PaPaz presentó petición para que se le remitiera el escrito de descargos presentado por Rappi S.A.S.

En diciembre de 2021, en vista de que la SIC ordenó el cierre del período probatorio, Red PaPaz presentó los alegatos de conclusión en el acto administrativo que se adelanta contra Rappi

En marzo de 2022 la Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Rappi con una multa de 1.245 SMLMV por la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad y emitir publicidad de bebidas alcohólicas.

La SIC insta a Rappi a contar con una tecnología que garantice que la persona que recibe el domicilio de bebidas alcohólicas sea un mayor de edad y adicionalmente, establece que Rappi no podrá emitir publicidad de productos nocivos, especialmente de bebidas alcohólicas, a través de sus redes sociales y deberá hacer énfasis en los perjuicios de consumir licor.

El viernes 31 de marzo de 2023, fuimos notificados por la Superintendencia de Industria y Comercio de la confirmación de la sanción multa contra Rappi por valor de 1.245 SMLMV por violar normas de protección al consumidor, específicamente por no adoptar protecciones adecuadas para evitar la venta a personas menores de 18 años.

 

Evidencia

31/03/2023 • Confirmación sanción a Rappi
03/03/2022 • Sanción a Rappi
21/10/2021 • Resolución número 67781 de 2021 - La SIC reconoce a Red PaPaz como tercero interviniente en el proceso
02/09/2021 • Reiteración de petición de Red PaPaz a la SIC
07/12/2021 • Alegatos de Conclusión
29/07/2021 • Respuesta de la SIC a Red PaPaz
12/07/2021 • Solicitud de Red PaPaz para remisión del escrito de descargos presentado por RAPPI
15/06/2021 • Petición de reconocimiento como tercero interviniente en la actuación administrativa contra Rappi
21/01/2021 • Respuesta de la SIC a Red PaPaz sobre solicitud de tercero interviniente
29/12/2020 • Petición de reconocimiento como tercero interviniente en la actuación administrativa contra Rappi S.A.S.
31/12/2019 • Respuesta de Policía Nacional - Área de Protección de infancia y Adolescencia
20/12/2019 • Respuesta de Policía Nacional - DIPRO
12/12/2019 • Acción de policía contra Rappi