Política de tratamiento de la información personales Corporación Colombiana de Padres y Madres – Red PaPaz

Política de tratamiento de la información personales Corporación Colombiana de Padres y Madres – Red PaPaz

Oct 19, 2019

POLÍTICA DE TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN PERSONAL CORPORACIÓN COLOMBIANA DE PADRES Y MADRES -RED PAPAZ

El presente documento constituye la Política de Tratamiento de la Información Personal de la CORPORACIÓN COLOMBIANA DE PADRES Y MADRES en adelante “Red PaPaz”, cuyo contenido se presenta para establecer y dar a conocer a quien interese, los lineamientos generales para la recolección, almacenamiento, uso, supresión y protección de los datos de carácter personal, administrados por Red PaPaz en calidad de Responsable.

QUIÉNES SOMOS:

Para efectos de la presente se identifica como Responsable del tratamiento de datos personales a:
Nombre o razón social: CORPORACIÓN COLOMBIANA DE PADRES Y MADRES RED PAPAZ.
Nit: 830.130.422-3
Teléfono: (57) 756 3689
Domicilio: Cr. 16 No. 93 A – 36 Edif. Business Center 93., Bogotá D.C.
Correo de contacto: [email protected]
Sitio web: www.redpapaz.org

I. DEFINICIONES

a) Autorización: Consentimiento previo, expreso, inequívoco e informado del Titular del dato, su causahabiente o representante legal, para llevar a cabo el tratamiento de su información personal.
b) Autorizado: Persona autorizada por el Titular de los datos personales para que efectúe cualquier tipo de trámite o solicitud ante Red PaPaz a cuenta de quien autoriza.
c) Base de Datos: Todo conjunto organizado de datos de carácter personal, que permita el acceso a los datos con arreglo a criterios determinados, cualquiera que fuera la forma o modalidad de su creación, almacenamiento, organización y acceso.
d) Cancelación o Supresión: Procedimiento en virtud del cual el Responsable cesa en el uso de los datos. La cancelación implicará el bloqueo de los datos, consistente en la identificación y reserva de los mismos con el fin de impedir su tratamiento, excepto para su puesta a disposición de la administración pública o de autoridad judicial competente.
e) Causahabientes: Persona que ha sucedido o sustituido a otra, el causante – titular de datos personales, por cualquier título jurídico en el derecho de otra. La sucesión o sustitución puede haberse producido por acto entre vivos o por causa de muerte.
f) Consentimiento del interesado: Toda manifestación de voluntad, libre, libre, inequívoca, específica, previa e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen.
g) Consulta: Solicitud del titular del dato o las personas autorizadas por éste o por la ley para acceder a la información que repose en cualquier base de datos, bien sea que esté contenida en un registro individual o que esté vinculada con la identificación del Titular.
h) Dato personal: Cualquier información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a personas naturales determinadas o determinables, por medio de los cuales se le puede identificar.
i) Dato privado: Es el dato que por su naturaleza íntima o reservada solo es relevante para el Titular de la información. Son considerados como datos privados, entre otros, los libros de los comerciantes, datos contenidos en documentos privados, gustos o datos de contacto personales.
j) Dato público: Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio y a su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva, entre otros.
k) Dato semiprivado: Es el dato que no tiene naturaleza íntima, reservada, ni pública y cuyo conocimiento o divulgación puede interesar no solo a su Titular sino a cierto sector o grupo de personas. Su acceso está sujeto a algún grado de restricción, como datos financieros o crediticios, académicos, laborales, etc.
l) Datos sensibles: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquellos que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos.
m) Encargado del tratamiento: La persona natural o jurídica, pública o privada, que, solo o conjuntamente con otros, trate datos personales por cuenta de Red PaPaz, como consecuencia de la existencia de una relación jurídica que le vincula con la institución y delimita el ámbito de su actuación para la prestación de un servicio.
n) Menores de edad: Hace referencia a los menores de 18 años, corresponden a ellos los niños, niñas y adolescentes.
o) Persona identificable: Toda persona cuya identidad pueda determinarse, directa o indirectamente, mediante cualquier información referida a su identidad física, fisiológica, biométrica, morfológica, psíquica, económica, cultural o social. Una persona natural no se considerará identificable si dicha identificación requiere plazos o actividades desproporcionados.
p) Reclamo: Solicitud del Titular del dato o las personas autorizadas por éste o por la ley para corregir, actualizar, rectificar o suprimir sus datos personales o para revocar la autorización en los casos establecidos en la ley.
q) Representante o responsable del menor: Persona encargada de velar y ejercer los derechos del menor a cargo, que acredite una relación filial con el menor, o acudiente que cuente con autorización por quien tenga la patria potestad de la niña, niño o adolescente.
r) Responsable del Tratamiento: Persona natural o jurídica, pública o privada, que por sí misma o en asocio con otros, decida sobre la base de datos y/o el Tratamiento de la información.
s) Titular del dato: Persona natural y física a la que se le atribuye la propiedad de los datos que sean objeto de tratamiento.
t) Transferencia: Envío de datos personales que realiza el Responsable o el Encargado desde Colombia a un Responsable que se encuentra dentro (transferencia nacional) o fuera del país (transferencia internacional).
u) Transmisión: Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro (transmisión nacional) o fuera de Colombia (transmisión internacional) que tiene por objeto la realización de un tratamiento por parte del Encargado por cuenta del Responsable.
v) Tratamiento de datos: cualquier operación o procedimiento técnico, sea o no automatizado, que permita la recolección, almacenamiento, uso, circulación y/o supresión.

II. MARCO NORMATIVO.

La presente política se encuentra fundamentada y se publica para dar cumplimiento y desarrollar el derecho fundamental de habeas data, definido por el marco normativo colombiano:
● Artículo 15 de la Constitución Política.
● Ley 1581 de 2012.
● Decreto 1074 de 2015.

 

III. PRINCIPIOS DE PROTECCIÓN Y DERECHOS DE LAS PERSONAS

Como compromiso de Red PaPaz con el trato responsable de la información, las actuaciones y decisiones adoptadas para alcanzar los objetivos comunes se direccionan bajo los siguientes principios:
Principio de legalidad en materia de Tratamiento de datos: El tratamiento de la información es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en la ley 1581 de 2012 y en las demás disposiciones que la desarrollen;
Principio de finalidad: El tratamiento de la información que Red PaPaz realiza obedece a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual es informada y autorizada por el Titular.
Principio de libertad: El tratamiento se ejerce de acuerdo con el consentimiento, previo, expreso e informado del Titular de los datos. Los datos personales de los titulares no son obtenidos o divulgados sin previa autorización, o en ausencia de mandato legal o judicial que releve el consentimiento.
Principio de veracidad o calidad: La información sujeta a Tratamiento por parte de Red PaPaz es veraz, completa, actualizada, comprensible y exacta. Por lo tanto, se presume la veracidad de los datos personales que sean entregados por el titular de los mismos, a que la información es veraz si él mismo la suministra atendiendo al principio de buena fe.
Principio de transparencia: En el tratamiento se garantiza el derecho del titular a obtener de Red PaPaz, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan.
Principio de acceso y circulación restringida: El tratamiento que realiza Red PaPaz, se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales, de las disposiciones de la ley 1581 de 2012 y la Constitución. En este sentido, el tratamiento se realiza por personas autorizadas por el Titular y se restringen la publicación o acceso públicos de datos diferentes a los denominados de naturaleza pública.
Principio de seguridad: La información que trata Red PaPaz o sus Encargados se manejará con las medidas técnicas, humanas y administrativas que sean necesarias para otorgar seguridad a los registros, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
Principio de confidencialidad: Todo el talento humano de Red PaPaz que interviene en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos está obligado a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento, pudiendo sólo realizar suministro o comunicación de datos personales cuando ello corresponda al desarrollo de las actividades autorizadas en la presente Política de Tratamiento de Información o en la ley 1581 de 2012.

 

IV. DE LOS TITULARES Y DE LA INFORMACIÓN PERSONAL QUE SE TRATA.

Habitualmente, Red PaPaz trata información personal de rectores de las instituciones educativas afiliadas, de sus funcionarios y de padres de familia de estas instituciones, de los aliados, miembros individuales, de los suscriptores de los programas ofrecidos por Red PaPaz, personas firmantes de movilizaciones, de visitantes, proveedores, empleados, entre otros.

La operación diaria de Red PaPaz genera tratamiento continuo de datos personales que pertenecen a las siguientes categorías:
Datos públicos: Como por ejemplo los de identificación, los relacionados en el registro civil, entre otros.
Datos semiprivados: Información de contenido socioeconómico, de contenido crediticio, datos de contacto, entre otros.,
Datos privados: Datos de ubicación, historial académico, historial laboral, etc.
Datos sensibles: Datos biométricos como la imagen fotográfica, la voz, los gustos, preferencias, orientación religiosa, datos menores de edad, entre otros.

La presente enunciación de datos no limita el tratamiento de la información por Red PaPaz, por lo tanto, podrá solicitar información adicional según la naturaleza particular de su objeto misional. Estos datos podrán ser suministrados por parte del titular de manera libre y voluntaria. Red PaPaz podrá recolectar los datos personales indicados, de titulares que puedan identificarse de diferentes categorías, que se consideren como grupos de Interés para el cumplimiento de su actividad misional, en todo caso estos titulares podrán ser mayores de edad o menores de edad, de acuerdo a la ley vigente.

Tratamiento de Datos Personales de Menores de Edad.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, el tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes está prohibido, excepto cuando se trate de datos de naturaleza pública y que cumpla con los siguientes parámetros y requisitos:

● Que responda y respete el interés superior de los niñas, niños y adolescentes.
● Que se asegure el respeto de sus derechos fundamentales.

Red PaPaz, para el desarrollo de su objeto misional realiza tratamiento de datos personales de niñas, niños y adolescentes y manifiesta comprender que ello aplica la administración de datos de categoría sensible y especial, por lo tanto, dicho tratamiento, siempre busca los fines antes mencionados y en consecuencia, los datos personales de menores de edad, tratados por Red PaPaz se adelanta bajo el cumplimiento de los principios y obligaciones establecidos en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015.

 

V. FINALIDADES DEL TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN

A continuación, Red PaPaz comparte las finalidades para las cuales recolecta y usa información personal:

1. Establecer contacto con terceros para el desarrollo de actividades recreativas, sociales, deportivas y de bienestar, a través de los diferentes programas y servicios de Red PaPaz.
2. Llevar a cabo campañas de promoción de las actividades y eventos que celebran por Red PaPaz o donde la Corporación participa.
3. Gestionar la suscripción de los clientes, madres, padres, cuidadores, educadores, rectores, docentes, demás miembros de las instituciones educativas y de servicios de atención a la primera infancia y demás, a los diferentes programas ofrecidos por Red PaPaz.
4. Enviar comunicaciones con boletín e información de interés a los afiliados, y, a los padres y a las madres.
5. Gestionar los aportes y donaciones realizadas por terceros.
6. Realizar el registro y gestión de los miembros de la mesa TIC.
7. Adelantar la gestión de los aliados de Red PaPaz.
8. Realizar campañas de difusión de contenidos comunicativos en pro de la niñez colombiana. Guardar registro de los miembros de talento humano que se encuentran con vinculación activa en Red PaPaz.
9. Registrar, actualizar y controlar la información del talento humano de la corporación para la prevención de accidentes y enfermedades laborales.
10. Registrar, actualizar y controlar los procesos de contratación, formación y bienestar del talento humano de Red PaPaz.
11. Realizar y registrar los pagos de salarios/honorarios, prestaciones sociales y demás conceptos al talento humano, contratistas o proveedores de la corporación.
12. Realizar el proceso de selección de los proveedores.
13. Registrar y gestionar el control de los rubros autorizados y la adquisición de productos y servicios a proveedores.
14. Consolidar registro y dar trámite a las peticiones, quejas y reclamos que presenten las personas por medio de los canales de atención dispuestos por Red PaPaz.
15. Administrar y gestionar los recursos económicos y contables de Red PaPaz.
16. Mantener la seguridad de las instalaciones físicas, de los trabajadores, contratistas y visitantes de Red PaPaz.
17. Publicar en la página web y las cuentas de redes sociales, las actividades ejecutadas por Red PaPaz.
18. Llevar a cabo eventos de educación y capacitación dirigidos a los diferentes grupos de interés de Red PaPaz.
19. Enviar y aplicar encuestas de opinión a públicos de interés de la corporación.
20. Adelantar trámite de reportes de y demás acciones que se requieran para prestar protección a los niños, niñas y adolescentes por medio de Te Protejo; Contacto ESCNNA Te Protejo, Tu lideras y los demás programas abanderados por Red PaPaz.
21. Guardar registro de capacitados y emitir certificaciones de participación en los eventos educativos y de formación desarrollados por Red PaPaz.
22. Llevar registro de instalación botones de reportes Te Protejo;
23. Guardar registro de asistencia e invitaciones a reuniones de líderes; Datos históricos de donaciones; Conteo de asistentes;
24. Generar y elaborar informes estadísticos descriptivos.
25. Gestionar el pago de membresías y renovaciones de membresías; Gestión de clientes; Control de renovaciones de membresías y membresías, facturas y cobros.
26. Archivar datos históricos de renovaciones y membresías.
27. Adelantar campañas de prospección comercial y publicidad. Atención a reportes recibidos; Protección de menores de 18 años; Promoción de la protección integral a menores de 18 años; Proveer botón de reportes Te Protejo; Envío de información prevención ESCNNA en Turismo; Canalización de reportes a las autoridades competentes.
28. Realizar los reportes de casos de vulneración de derechos de niñas, niños y adolescentes ante las autoridades judiciales y de control.

Sin perjuicio de lo anterior, se entiende por aceptada cualquier otra finalidad en el tratamiento de la información personal, siempre que permita desarrollar el objeto misional de Red PaPaz, que en todo caso serán armónicas y respetuosa de la legislación vigente.

 

VI. DERECHOS DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN

Red PaPaz se compromete a respetar y garantizar los siguientes derechos de los titulares de los datos, en concordancia con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1581 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015:
● Conocer, actualizar y rectificar los datos personales. Para el efecto es necesario establecer previamente la identificación de la persona para evitar que terceros no autorizados accedan a los datos a que no tienen lugar.
● Obtener copia de la autorización otorgada por éstos en calidad de titulares de los datos.
● Conocer el uso que Red PaPaz ha dado a los datos personales del titular.
● Consultar los datos personales y hacer reclamos para salvaguardar su derecho a la protección de sus datos personales siguiendo las pautas establecidas en la ley y en los términos de la presente política.
● Suprimir los datos personales cuando el titular o quien este autorice, siempre que proceda, en el marco de un proceso judicial o administrativo (SIC) se haya declarado que el tratamiento de la información se realizó sin respeto a la constitución o a la ley.
● Acceder en forma gratuita a sus datos personales. La información solicitada por el titular podrá ser suministrada por cualquier medio que le permita conocerla, incluyendo los electrónicos, según lo requiera el titular.
Sin embargo, en lo particular al último literal, debe atenderse a lo establecido en el artículo 21 del decreto 1377 de 2013, el cual determina:
“El Titular podrá consultar de forma gratuita sus datos personales: (i) al menos una vez cada mes calendario, y (ii) cada vez que existan modificaciones sustanciales de las Políticas de Tratamiento de la Información que motiven nuevas consultas.

Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, el responsable solo podrá cobrar al titular los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos. Los costos de reproducción no podrán ser mayores a los costos de recuperación del material correspondiente. Para tal efecto, el responsable deberá demostrar a la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando esta así lo requiera, el soporte de dichos gastos.”

Restricciones de los derechos del titular:
La revocatoria de la autorización y/o solicitud de supresión de datos personales no será procedente cuando el titular tenga una obligación legal o contractual que exija su permanencia en las bases de datos de Red PaPaz, como sucede con los titulares que tenga una relación contractual que se encuentre activa o con los trabajadores o contratistas o extrabajadores o excontratista por exigencia legal.

No obstante, lo anterior, la información referente a los titulares inactivos podrá permanecer en las bases de datos en cumplimiento de las normas del Sistema General de Seguridad Social y normas contables, las cuales exigen la conservación de la información histórica y contable por plazos estrictamente legales por lo que la misma no podrá ser suprimida en todas las ocasiones.

Asimismo, el titular de datos personales no puede ejercer derechos propios de otro titular cuando no ha sido autorizado por éste o por la ley.

CANALES DE ATENCION AL TITULAR:

Para consultas, reclamos, quejas o para el ejercicio de los derechos de los titulares , podrán comunicarse con Red PaPaz, mediante comunicación enviada a:
● Correo electrónico: [email protected]

El canal indicado cuenta con la administración por personal capacitado para el desempeño de sus funciones, así como los sistemas de control necesarios para que las novedades de información personal que los titulares soliciten queden documentadas y puedan ser objeto de verificación.

No obstante, debe advertirse que Red PaPaz sólo dará trámite de fondo a las consultas y reclamos presentados por quien acredite ser:
1. El titular del dato, sus causahabientes o sus representantes legales.
2. Personas autorizadas por el titular del dato.
3. Personas autorizadas por orden judicial o legal.

En este último supuesto, se debe atender a lo dicho por la Corte Constitucional en la sentencia C-748 de 20112 respecto a las solicitudes de información de entidades públicas o administrativas:

– La entidad pública o administrativa debe justificar su solicitud indicando el vínculo entre la necesidad de obtener el dato y el cumplimiento de sus funciones constitucionales o legales.

– En segundo lugar, con la entrega de la información se le comunicará a la entidad pública o administrativa que en ella recae el deber de cumplir con las obligaciones y exigencias que le impone la ley 1581 de 2012, como responsable del tratamiento de datos, o encargado en ciertos casos. La entidad administrativa receptora debe cumplir todos los mandatos legales que frente al tema existan para la fecha de la recepción de la información, en especial los principios de – finalidad – uso legítimo – circulación restringida – confidencialidad y –seguridad.

 

VII. PROCEDIMIENTOS PARA EJERCER LOS DERECHOS DE LOS TITULARES.

Los titulares de los datos o sus representantes podrán presentar consultas y reclamos sobre la información personal que repose en las bases de datos de Red PaPaz. Sin embargo, los derechos de las niñas, niños o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos .

Es un procedimiento sencillo:
Las consultas serán atendidas en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma mediante los canales dispuestos para el efecto. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho termino, se informará al interesado la razón del aplazamiento y se señalará la nueva fecha en que será resuelta su consulta, la cual en ningún caso superará a los cincos (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.

Los reclamos serán atendidos en un término máximo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha en que la misma haya sido recibida mediante los canales dispuestos para el efecto. Si el reclamo no cumple con los requisitos establecidos en el acápite precedente o se encontrara incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción del mismo para que subsane las falencias identificadas. Si transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, el titular o interesado no hubiere corregido la solicitud o aportado la información correspondiente se entenderá abandonado el reclamo y se procederá al archivo definitivo del mismo.

En el caso contrario, cuando el requerimiento hubiese sido atendido por el titular en el término previsto, subsanando los defectos del reclamo y allegando la documentación necesaria, Red PaPaz emitirá la respuesta pertinente, pudiendo prorrogar el término en casos especiales con previa comunicación al interesado. Este nuevo plazo no será superior a ocho (8) días hábiles.

Cuando Red PaPaz determine que no es competente para resolver una consulta o reclamo, dará respuesta en un término no mayor a cinco (5) días hábiles explicando al peticionario los motivos por los cuales no se encuentra facultada para resolverlo.

¿Qué sucede si la respuesta no satisface lo solicitado?
Si el titular se halla inconforme con la respuesta recibida o considera que la misma no satisface sus necesidades, cuenta con un término de quince (15) días a partir de la notificación de la respuesta para pedir que sea revaluada en los casos en que haya sido desfavorable a sus intereses.

¿Qué debe contener la solicitud como mínimo?
Sin importar el canal de atención que el titular elija para presentar su solicitud, esta debe estar dirigida a LA CORPORACIÓN COLOMBIANA DE PADRES Y MADRES – RED PAPAZ-, y contar como mínimo con los siguientes requisitos:
a. Nombres y apellidos del titular.
b. Número de identificación del titular.
c. Datos de localización del titular
d. Descripción de los hechos que dan lugar a la consulta o reclamo.
e. Documentos que considere soportan su consulta o reclamo.
f. Medio por el cual desea recibir respuesta.
g. Nombre el peticionario, el cual, si es diferente al titular, debe adjuntar los documentos de acreditación que le permitan actuar en su nombre.
h. Firma del peticionario.

 

VIII. GESTOR DE LAS CONSULTAS Y RECLAMOS.

La Coordinadora de Recursos Humanos y SGSST de Red PaPaz, es la encargada de identificar, recepcionar, redireccionar y dar respuesta a cualquier solicitud, queja o reclamo que los titulares de la información realicen. No obstante, el titular no está en la obligación de indicar la dependencia a que se dirige su solicitud, pues internamente la institución se encargará de dirigirlo a quien corresponda.

 

IX. DEBERES DE LA CORPORACIÓN COLOMBIANA DE PADRES Y MADRES COMO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

Red PaPaz en cumplimiento de los principios y lineamientos legales para el tratamiento de datos personales, informa a los titulares y terceros interesados que durante el tratamiento de datos personales se dará cumplimiento a los deberes reglamentados en el Artículo 17 de la Ley 1581 de 2012, entre los que se encuentran:

a) Garantizar el cumplimiento de los derechos de los titulares.
b) Tratar los datos personales conforme lo establece la Ley 1581 de 2012.
c) Propender por la seguridad de la información
d) Solicitar autorización del titular según lo dispuesto en la ley mencionada, entre otros.

Cuando no sea posible poner a disposición del titular la Política de Tratamiento de la Información, Red PaPaz informará por medio de un Aviso de Privacidad, sobre la existencia de tales políticas.

 

X. CAPTURA DE IMÁGENES, VIDEOS O MEMORIAS DE LA CORPORACIÓN.

Red PaPaz se encuentra facultado para capturar imágenes de las distintas actividades de afiliados y eventos, para reproducir esta información mediante distintos escenarios de extensión de la corporación, tales como redes sociales, cartillas, memorias de los eventos, o carteleras al interior de la Corporación.
No obstante, las finalidades con que se capturan y reproducen estos datos (sean imágenes, video, registro magnetofónico) solo se encuadran en presentar informes y memorias de los eventos realizados por la corporación.

Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier publicación a la que se ha hecho referencia, Red PaPaz preservará la dignidad e integridad del niño, niña o adolescente, partiendo del principio de la prevalencia del interés superior del menor.

 

XI. VIGENCIA DE LAS BASES DE DATOS.

Las bases de datos que almacenen información personal de titulares que posean relaciones contractuales, de servicio, o en virtud del cumplimiento del objeto misional de Red PaPaz o deban permanecer en las bases de datos personales de la Corporación, por virtud de ley, se mantendrán vigentes hasta que finalice la necesidad del tratamiento. Lo anterior sin perjuicio del ejercicio del derecho de supresión que le asisten a los titulares.

 

XII. VIGENCIA DE LA PRESENTE POLÍTICA.
La vigencia de la presente Política inicia a partir del mes de Julio de 2017.

Cualquier cambio, o modificación sustancial será comunicada al titular mediante cualquier medio de comunicación idóneo. Esta comunicación será enviada con diez (10) días de anticipación a efectuar la modificación.

 

Notas:

[1] La información se conserva en razón a que Red PaPaz debe realizar un control de los procesos de gestión humana, comercial y contable. Asimismo, como empleador debe guardar soportes de las relaciones laborales.

[2]En relación, con las autoridades públicas o administrativas, señaló la Corte Constitucional que tal facultad “no puede convertirse en un escenario proclive al abuso del poder informático, esta vez en cabeza de los funcionarios del Estado. Así, el hecho que el legislador estatutario haya determinado que el dato personal puede ser requerido por toda entidad pública, bajo el condicionamiento que la petición se sustente en la conexidad directa con alguna de sus funciones, de acompasarse con la garantía irrestricta del derecho al hábeas data del titular de la información. En efecto, amén de la infinidad de posibilidades en que bajo este expediente puede accederse al dato personal, la aplicación del precepto bajo análisis debe subordinarse a que la entidad administrativa receptora cumpla con las obligaciones de protección y garantía que se derivan del citado derecho fundamental, en especial la vigencia de los principios de finalidad, utilidad y circulación restringida”.