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Bogotá, D.C. 17 de noviembre de 2022. El pasado 11 de noviembre, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) modificar la Resolución 810 de 2021 de acuerdo con los parámetros aprobados en la #LeyComidaChatarra (Ley 2120 de 2021). De esta forma, los productos comestibles ultraprocesados deberán contar con un etiquetado frontal de advertencia basado en la mayor evidencia científica sin conflicto de interés.

De acuerdo con los resultados del estudio elaborado por la Universidad de Antioquia para MinSalud el etiquetado frontal de advertencia deberá ser octagonal, de color negro y con la leyenda de ‘EXCESO DE’ nutrientes críticos (sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas trans) o de ‘contiene edulcorantes’.

Asimismo, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó la creación de un comité de verificación del cumplimiento, integrado por el Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio Público, Red PaPaz, FIAN Colombia y Educar Consumidores.

Este fallo decide la acción popular iniciada por Red PaPaz en diciembre de 2019 para proteger los derechos de los consumidores y en especial los de niñas, niños y adolescentes a recibir información adecuada acerca del contenido de los productos comestibles ultraprocesados. En este proceso fue determinante el apoyo de otras organizaciones de la sociedad civil, de la academia y de la Procuraduría Delegada para la Infancia y la Adolescencia.

La política del etiquetado frontal de advertencia en los productos comestibles ultraprocesados, es una de las medidas de salud pública que recomiendan organismos internacionales para reducir la obesidad y que organizaciones de la sociedad civil y la academia vienen impulsando en los últimos cinco años. Desde 2021 esta iniciativa ha pasado por los siguientes momentos:

  1. En junio de 2021, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la resolución 810 de 2021 mediante la cual, adoptaba los sellos circulares estableciendo 18 meses como plazo para la implementación. Esto lo hizo antes de que se aprobara la Ley Comida Chatarra.
  2. Dada la presión de la ciudadanía para que los sellos que se implementaran estuvieran basados en evidencia SIN conflicto de interés, el Ministerio de Salud y Protección Social abrió una convocatoria para realizar un estudio que estableciera qué tipo de etiquetado era el que debíamos tener. La Universidad de Antioquia fue la encargada de hacer la revisión de literatura y emitir un concepto.
  3. Ese estudio estableció que efectivamente, el etiquetado frontal de advertencia de tipo octagonal es el más efectivo para disuadir al consumidor de adquirir productos comestibles ultraprocesados con “Exceso en” los nutrientes críticos: sodio, azúcares, grasas saturadas, grasas trans y si contienen edulcorantes.
  4. El Tribunal le acaba de ordenar al Ministerio de Salud y Protección Social que modifique la resolución 810 para que los sellos cumplan con el concepto técnico de mayor rigor científico con los principales cambios de forma: octagonal, leyenda: “Exceso en”, cambio de azúcares añadidos por azúcares (libres), además de que se añaden sellos para grasas trans y edulcorantes (los cuales no estaban incluidos en la Resolución 810). Además de la creación de un comité de verificación.

Para Carolina Piñeros Ospina, directora ejecutiva de Red PaPaz, esta decisión marca un hito en la protección de la salud en Colombia, pues ampara en primera medida los intereses colectivos y la salud pública. Así como el reconocimiento de las organizaciones de la sociedad civil como veedoras del proceso. Estamos dispuestos a acompañar al Ministerio de Salud y Protección Social, en la pronta y oportuna expedición de la nueva resolución, sabemos que va por buen camino. Este es un buen precedente para el avance en la defensa de los derechos a la salud, los derechos de los consumidores, pero en particular para niñas, niños y adolescentes.

Bogotá, 27 de octubre de 2022. El próximo viernes 28 de octubre de 2022, la Facultad de Medicina, el Instituto de Salud Pública de la Pontificia Universidad Javeriana y Red PaPaz, realizarán el evento Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas en el contexto de la Reforma Tributaria – Colombia 2022, un espacio que busca generar una discusión técnica y académica sobre los pros y contras de estos impuestos en el marco de las discusiones en torno a la reforma tributaria.

Así mismo, durante el evento, que se llevará a cabo de forma híbrida, se presentarán argumentos acerca de cómo esta medida es efectiva para reducir el consumo de bebidas ultraprocesadas azucaradas y al mismo tiempo, se analizará, en especial, la experiencia internacional de la República Mexicana relacionada con esta temática.

Durante este espacio, la Dra. Arantxa Colchero, Economista de la Universidad Nacional Autónoma de México, Investigadora en temas de economía de la Salud del Instituto Nacional de Salud Pública de México, presentará qué son y qué papel juegan los impuestos con objetivos de salud pública, el contexto en el que se implementaron en México, su proceso de aprobación, los resultados de la evaluación de impacto en precios, compras/ventas, empleo, salud, los impuestos en el mundo y la evidencia global.

Adicionalmente, académicos nacionales como el Dr. Luis Fernando Gómez, profesor investigador de la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Javeriana (PUJ), la Dra. Mercedes Mora, Nutricionista Dietista, profesora de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Colombia y la Economista Martha Yaneth Sandoval, asesora de Red PaPaz y miembro de la Red Académica por el Derecho Humano a la Alimentación y Nutrición Adecuada (DHANA), y el Dr. Jorge Martin Rodríguez, profesor del Instituto de Salud Pública de la PUJ, dialogarán sobre la efectividad de una medida como el impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas, qué pasa en los territorios donde no hay agua potable y estas bebidas son medios de hidratación frecuente, cuáles son las medidas complementarias relacionadas con la disponibilidad de alimentos, frutas, verduras, promoción del consumo de agua, entre otros aspectos relevantes.

El evento, será de entrada libre y se llevará a cabo en el aula 401 de la Facultad de Ciencias de la Pontificia Universidad Javeriana a las 10am y también será transmitido en vivo por el canal de YouTube de Red PaPaz.

Para la Pontificia Universidad Javeriana con sus facultades de Medicina y el Instituto de Salud Pública, este es un evento muy importante, teniendo en cuenta que la implementación de una medida poblacional como estas, contribuiría al control del consumo de alimentos y bebidas asociados a factores de riesgo y eventos crónicos no transmisibles (sobre peso, obesidad, diabetes, entre otros), los cuales contribuyen de forma importante con la carga de enfermedad para la población colombiana.

Para Carolina Piñeros Ospina, directora Ejecutiva de Red PaPaz, este espacio académico visibiliza la necesidad de contar con herramientas de política pública (como el Impuesto Saludable a las Bebidas Ultraprocesadas Endulzadas) que sean planteadas con el mayor rigor científico y académico posible. Considerando las experiencias internacionales en términos de Salud Pública, aún tenemos la oportunidad de contar en Colombia con un impuesto que en verdad proteja el derecho de nuestras niñas, niños y adolescentes a gozar de una alimentación y nutrición adecuadas pensando en su salud y bienestar por encima de cualquier otro interés.

Fecha: viernes, 28 de octubre de 2022

Hora: 10:00 a.m. a 12:00m

Lugar: Facultad de Ciencias de la Pontificia Universidad Javeriana, aula 401

Trasmisión: Canal de YouTube de Red PaPaz

Bogotá, D.C. 1 de agosto de 2022. En un estudio realizado por Red PaPaz sobre la percepción y comportamientos frente a las políticas públicas para proteger el derecho a la alimentación y nutrición adecuadas, se encontró que 62,2% de los encuestados apoya un impuesto a las bebidas ultraprocesadas endulzadas. Así mismo el 52% de quienes dijeron haber percibido un aumento en el precio de estos productos en el último año, reportaron que en consecuencia disminuyeron el consumo de estas bebidas. Finalmente, en cuanto a la destinación del recaudo del impuesto, los encuestados estuvieron de acuerdo con destinarlo a prevención de enfermedades cardíacas, obesidad y diabetes (83,3%), al sistema de salud pública (81,7%) y a bebederos y agua en los colegios (78,5%).

Este estudio, realizado con 803 adultos colombianos de 18 a 70 años residentes en las regiones Andina, Caribe y Pacífica del país, identificó qu la mayor parte de la población encuestada reconoce que las bebidas y comestibles ultraprocesados son nocivos para la salud, lo que es consistente con el alto número de encuestados (78,7%) identificados con la premisa de que el gobierno debe implementar medidas para desalentar o disminuir el consumo de estos productos y con que debe poner la salud por encima de los intereses de la industria de los mismos (84,4%).

Adicionalmente, se encontró que la mayor parte de la población encuestada reconoce que los ultraprocesados, bebidas y comestibles, son nocivos para la salud. Esto es consistente con el alto número de encuestados (78,7%) identificados con la premisa de que el gobierno debe implementar medidas para desalentar o disminuir el consumo de estos productos y con que debe poner la salud por encima de los intereses de la industria de los mismos (84,4%).

Otros hallazgos indican que:

  • 89,9% de los encuestados está de acuerdo con que debería ser obligatorio tener un sello frontal de advertencia de color negro en forma de octágono cuando los productos ultraprocesados tengan exceso de azúcares, sodio y grasas saturadas; y 88,3% cuando tengan edulcorantes
  • 74,4% está de acuerdo con la prohibición de mensajes que hacen parecer saludables a productos con exceso de sodio, azúcares o grasas y 74,3% está de acuerdo con esta misma prohibición para los productos con edulcorantes
  • 73,4% de los encuestados está de acuerdo con la prohibición de publicidad de productos ultraprocesados dirigidos a niñas, niños y adolescentes
  • 72% está de acuerdo con la prohibición de la venta de bebidas ultraprocesadas azucaradas o endulzadas en el interior de colegios y 73,7% está de acuerdo con esta misma restricción para los comestibles ultraprocesados
  • 74,7% de los encuestados está de acuerdo con no permitir publicidad de productos ultraprocesados en los colegios

Estos resultados reflejan la importancia que tiene para la población colombiana el que se adopten las medidas de política pública que por varios años han sido exigidas por la academia y organizaciones de sociedad civil a partir de la evidencia científica sin conflicto de interés, y que todavía hoy no son una realidad para el país.

Para Carolina Piñeros Ospina, Directora Ejecutiva de Red PaPaz, a Colombia le urge avanzar en la adopción de las medidas que la Organización Mundial de la Salud ha recomendado a los países para avanzar en la lucha contra la malnutrición: etiquetado, impuestos a las BUE, entornos escolares saludables y restricción de publicidad de no saludables dirigida a niñas y niños. Pero al tiempo hay una oportunidad histórica, ya las personas de a pie hemos entendido y vemos con buenos ojos que el Gobierno y el Congreso actúe en ese sentido, seguiremos abogando con aliados de la sociedad civil y académicos para que así sea.

Red PaPaz presentó un memorial al Tribunal Administrativo de Cundinamarca con el propósito de que le reitere al Ministerio de Salud y Protección Social convoque al Comité de Verificación para hacer seguimiento al cumplimiento de la Resolución 2492 de 2022 que establece la obligación de establecer el etiquetado octagonal de advertencia que se basa en la mayor evidencia científica.

El 15 de febrero el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social convocar al Comité de verificación conformado por el Ministerio Público, Red PaPaz, FIAN y Educar Consumidores para hacer seguimiento a la implementación del nuevo modelo de etiquetado frontal de advertencia.

El 17 de marzo, solicitamos al despacho que ordene que se convoque a reuniones del Comité, con una periodicidad máxima de dos (2) meses con los sujetos establecidos en la parte resolutoria de la providencia del 11 de noviembre de 2023. Lo anterior, hasta que exista absoluta claridad en la materia y evitar que exista una vulneración continuada de los derechos colectivos que dieron origen al presente proceso

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